La Empresa Portuaria Quetzal dio a conocer que la Sala Quinta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo declaró la nulidad absoluta de los contratos de usufructo oneroso, su modificación y el contrato de operaciones suscritos con APM Terminals Quetzal, Sociedad Anónima.
Según detalló por medio de un comunicado, fue el pasado lunes 10 de junio que se le notificó los autos que resolvieron los recursos por los cuales la sentencia de fecha 16 de octubre de 2017, emitida por esa sala Jurisdiccional, aún estaba pendiente de adquirir firmeza.
Agregó que en esa sentencia la sala declaró la referida nulidad con respecto a los contratos suscritos con APM, originalmente firmados con Terminal de Contenedores Quetzal, Sociedad Anónima.
En ese sentido, la Empresa Portuaria Quetzal aseguró que, respetando el marco jurídico, tomará todas las acciones para minimizar el impacto al comercio marítimo internacional de Guatemala, en pro de los intereses de esa compañía y los usuarios.
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PGN se pronuncia sobre resolución de sala
La Procuraduría General de la Nación (PGN) dio a conocer que ayer recibió la notificación oficial de la resolución dictada el 15 de febrero de 2024 por la Sala Quinta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
“Esta resolución declaró con lugar el recurso de aclaración interpuesto en su oportunidad por la PGN en el juicio que se siguió para pedir la nulidad absoluta del contrato de usufructo, su modificación y el contrato de operaciones celebrados entre EPQ y TCQ”, expuso en un comunicado.
Julio Saavedra, Procurador General de la Nación: «Esto significa que se concluyeron todos los recursos o todas las impugnaciones que se habían presentado en contra de la sentencia que resolvió el caso. Ya no hay ningún recurso pendiente y habrá que cumplir con lo… pic.twitter.com/dGYwTOY3jl
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) June 11, 2024
En tanto, durante una entrevista en el programa A Primera Hora, de Emisoras Unidas, el titular de la PGN, Julio Saavedra, explicó que con esta sentencia concluye el caso, por lo que ahora deberá encargarse de los siguientes pasos.
En este contexto, mencionó que una vez la resolución esté firme, la PGN pedirá el despacho para la cancelación registral del usufructo.
“Principalmente, la sala deberá emitir una orden para dejar sin efecto la inscripción del usufructo en el Registro de la Propiedad sobre la finca que ocupa actualmente esa terminal. Posteriormente, deberán restituirse las cosas al estado que tenían antes de la celebración del contrato”, señaló.
* Escuche aquí la entrevista con el procurador General de la Nación: