Skip to main content

Este sábado 19 de agosto, a partir del mediodía, comienza a regir la ley seca en Guatemala. Esta concluirá hasta las 6:00 de la mañana del lunes 21 de agosto, un día después de la jornada electoral en segunda vuelta.

Esta disposición está establecida en el artículo 233 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

Las personas que incumplan esta normativa serán detenidas y recibirán sanciones económicas de Q5,000. Además de la posibilidad de enfrentar acciones legales de acuerdo con otras leyes aplicables. 

Quienes sean detenidos por violar la ley seca estarán sujetos a las disposiciones del artículo 495 del Código Penal, que prevé penas de arresto que van desde 15 hasta 30 días.

Ley seca para establecimientos 

Los negocios que no acaten los horarios establecidos por la ley seca estarán sujetos a una multa de Q100,000.

Además, se iniciará un procedimiento administrativo que podría llevar a la cancelación de la patente, licencia o permiso otorgado a la persona individual, jurídica o propietaria del establecimiento. 

Artículo 233 de la LEPP 

El artículo 233, inciso d) de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, indica: 

“Queda expresamente prohibido el expendio, distribución y consumo de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas en espacios públicos desde las 12 horas del día anterior a las elecciones y hasta las 6:00 horas del día siguiente a estas”.

El objetivo de esta disposición es garantizar un proceso electoral transparente y seguro para toda la población guatemalteca.