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Este miércoles, 9 de agosto, fueron publicadas las reformas al Acuerdo Gubernativo 164-2021 del 9 de agosto de 2021 Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Comunes del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

Las reformas establecen que todas aquellas personas individuos o jurídicas públicas o privada, nacionales o extranjeras que, como resultado de sus actividades produzcan residuos o desechos sólidos comunes, deberán separarlos al momento de su generación, de acuerdo con las clasificaciones siguientes:

a) Clasificación Primaria

  • a.1) Orgánico e
  • a.2) Inorgánico

La separación de los residuos o desechos sólidos comunes se realizará de acuerdo con esta clasificación, como mínima, hasta la fecha de implementación de la Clasificación Secundaria.

b) Clasificación Secundaria

  • b.1) Orgánico
  • b.2) Reciclable (papel y cartón, vidrio, plástico, metal, multicapa); y
  • b.3) No reciclable.

La clasificación de los desechos será obligatoria a partir del 11 de febrero del año 2025.