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La Comisión Ejecutiva del COI, reunida en Lausana (Suiza), acordó este jueves inhabilitar al Comité Olímpico de Guatemala (COG) a partir del 15 de octubre si para entonces no ha cumplido con los criterios que le pongan en consonancia con la Carta Olímpica.

Parte de los estatutos del Comité Olímpico de Guatemala (COG) fueron parcialmente suspendidos en agosto del año en curso por la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, lo que derivó en la suspensión que se dio a conocer este jueves en conferencia de prensa en Lausana, Suiza.

¿Qué pasará con los atletas guatemaltecos?

La suspensión tendrá un gran impacto para los atletas guatemaltecos, pues no podrán representar a Guatemala en competiciones internacionales. Sin embargo, estos atletas guatemaltecos si podrán participar, pero sin tener algún distintivo de Guatemala, ya sea bandera, himno nacional, etc.

Los atletas guatemaltecos podrán participar como atletas independientes, estos son deportistas que no pertenecen a ningún Comité Olímpico Nacional pero que sí pueden competir de forma independiente, bajo la bandera del Comité Olímpico Internacional, bien porque este no está reconocido o se encuentra sancionado.

A lo largo de la historia del Olimpismo se han generado casos en los que atletas no pueden competir representando a sus países. A estos se les ha denominado como “participantes independientes de los Juegos Olímpicos”. Generalmente los deportistas se unifican en un equipo integrado por diferentes nacionalidades. En total esta representación Ha conseguido cuatro medallas Olímpicas.

Las causas por lo que los atletas deben competir bajo esta denominación han sido variadas, entre ellas están sanciones internacionales, transiciones políticas, suspensión de los comités olímpicos de algún país y escenarios de carácter extraordinarios.