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El Congreso de la República publicó este lunes 8 de julio el decreto número 13-2024, por medio del cual se establece la Ley Temporal para Ampliar el Plazo del Pago del Impuesto de Circulación de Vehículos Terrestres. Esta disposición fue aprobada por los diputados con 109 votos hace aproximadamente dos semanas.

El Legislativo explicó que la referida medida se tomó considerando las condiciones económicas, pues el costo de la vida para los guatemaltecos se ha elevado de manera importante, limitando la capacidad adquisitiva y, por tanto, de pago.

En ese contexto, en el artículo uno de la normativa se indica que se decidió ampliar el plazo para que los contribuyentes puedan cumplir con el pago del tributo. En ese sentido, en lugar de concluir en julio, como cada año, se tendrá hasta el último día hábil del mes de septiembre de 2024, es decir, el lunes 30.

“El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República, aprobado en un solo debate y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial”, agrega en su segundo artículo.

La publicación cuenta con las firmas del presidente del Congreso, Nery Ramos; y los secretarios de la junta directiva de ese organismo, Karin Paz y César Dávila.

De igual forma, el decreto está suscrito por el presidente de la república, Bernardo Arévalo, quien ya lo sancionó. Asimismo, se refleja el aval del ministro de Finanzas, Jonathan Menkos; y el secretario general de la Presidencia, Juan Guerrero.

Pago del impuesto de circulación de vehículos

El Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV) debe pagarse del 1 de enero al 31 de julio de cada año. De acuerdo con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), luego de ese plazo corresponde multa por omisión e intereses.

Antes de realizar la respectiva cancelación, el contribuyente debe estar solvente de las multas por infracciones en materia de tránsito.

Para realizar el proceso y darle cumplimiento a este tributo, el usuario debe llenar el Formulario Declaraguate SAT-4091 «Vehículos Circulación», generar la Boleta SAT-2000 y, posteriormente, pagarla en un banco, ya sea en agencias o por medio de agencias virtuales.

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Una vez concluida esta fase, se deberá ingresar al portal de la SAT para imprimir la calcomanía que confirma que ya se hizo el pago. La misma debe ser portada en el automóvil, no necesariamente tendrá que ser pegada en el vidrio, como anteriormente se hacía.

La SAT informó que, hasta el pasado 11 de junio, había recaudado Q485 millones por concepto del ISCV. Agregó que en las próximas semanas espera que se puedan recaudar los Q790 millones restantes.

Por aparte, la entidad dio a conocer que se tiene planificado un cambio generalizado de placas para el próximo año y, con ello, no se permitirá la circulación de automotores que tengan registro de no pagar este impuesto.